$165 millones al bolsillo: Millonario error de pago termina en victoria judicial para trabajador
Por: Catalina Martínez
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El conflicto por el trabajador que recibió accidentalmente más de $165 millones tuvo un nuevo capítulo, y nuevamente la decisión fue en contra de la empresa. Esta vez, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el último intento penal del Consorcio Industrial de Alimentos (Cial), firma conocida por marcas como San Jorge, Winter y La Preferida.
El origen del caso se remonta a 2022. Ese año, un error administrativo llevó a la empresa a transferir $165.398.851 a Óscar, un trabajador cuyo ingreso mensual no alcanzaba los $500 mil.
Tras descubrir el dinero en su cuenta bancaria, el trabajador optó primero por las evasivas. Luego vino la renuncia. Con el paso del tiempo, entregó distintas explicaciones para no devolver el monto, aunque en un inicio había dicho que lo haría.
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El conflicto fue creciendo con el paso de los meses hasta llegar a los tribunales e incluso se levantó el secreto bancario del trabajador. Cial apostó primero por el delito de apropiación indebida, pero en septiembre pasado esa estrategia se desmoronó: el trabajador fue absuelto.
En su último intento, la empresa buscó dar vuelta los fallos en su contra. De acuerdo con Diario Financiero, el abogado de Cial presentó una acción para invalidar las resoluciones que absolvieron penalmente al trabajador.
Nuevo veredicto
La nueva estrategia del consorcio apuntó a recalificar el episodio como hurto por hallazgo. En ese sentido, la compañía acusó a su excolaborador y solicitó 540 días de presidio en su grado mínimo y una multa de 5 UTM.
Sin embargo, la decisión de la Corte de Apelaciones no estaría a su favor. El tribunal rechazó el recurso de nulidad, manteniendo firme la decisión que descarta responsabilidad penal de Óscar en los hechos. Con lo cual, el trabajador evitó otra vez una eventual condena, mientras que la empresa quedó nuevamente sin éxito en su intento por recuperar los $165 millones.
A lo largo del proceso, la defensa fue clara en un punto: aunque la conducta del extrabajador podía resultar éticamente discutible, no cruzaba el umbral de lo penal ni constituía un delito en términos jurídicos.
Este nuevo revés judicial consolida una línea desfavorable para Cial y reduce aún más sus alternativas legales, pese al elevado monto involucrado y al error reconocido en la transferencia original.
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